Muchos de nosotros vivimos en pisos, urbanizaciones o viviendas que se ven afectadas por la ley de propiedad horizontal. Aparentemente puede parecer compleja, pero si la entendemos, podemos ahorrarnos problemas con nuestros vecinos a la hora de hacer alguna reforma en casa, usar los espacios comunes o ante los temidos vecinos morosos.
A continuación, os explicaremos un poco más de la ley de propiedad horizontal y cómo hacerle frente.
1. Ley de Propiedad Horizontal
Esta ley, regula las normas, derechos y obligaciones que deben seguir los propietarios o vecinos de los inmuebles que pertenecen a una misma comunidad.
Esta ley, ha sufrido varias reformas desde que se creó. Como la de 1999, que incluía las deudas comunitarias o vecinos morosos, explicando quién lo era, cómo se debía actuar, etc. Otra de las reformas que puede interesarnos, es la de 2013, que modificaba lo relacionado a la rehabilitación, regeneración y renovación de las viviendas.
Algunos artículos que destacamos son:
- Art. 3: Elementos privativos y comunes.
- Art. 7: Obras, elementos comunes y privativos. Actividades prohibidas.
- Art. 9: Las obligaciones de los propietarios.
- Art. 10: La realización de obras por la comunidad.
- Art. 13: Órganos de gobierno. Cargos y funciones.
- Art. 15: Asistencia y votaciones en junta.
- Art. 22: Deudas de la comunidad.
2. Figuras en la comunidad
2.1 El presidente
Es el máximo representante de la comunidad de vecinos, el cargo, se otorga mediante elección, sorteo o rotación entre los vecinos. Se encarga de gestionar los asuntos relacionados con la comunidad. Debe ser propietario y su cargo es irrenunciable.
Algunas de sus funciones son:
- Representar a la comunidad de vecinos ante la justicia.
- Firmar los contratos de obras y servicios en nombre de la comunidad.
- Exigir judicialmente el pago de deudas a la comunidad.
- Convocar, dirigir y cerrar la Junta de Propietarios.
- Detener las actividades molestas por iniciativa propia o a petición de otro miembro de la comunidad.
2.2 El administrador y el secretario
El administrador es la figura que gestiona las áreas económico-contables, de asesoría, secretaría y conservación de la comunidad a petición de la junta de propietarios. Debe estar colegiado.
El secretario por su parte, en las junta se encarga de gestionar los documentos oficiales (levantar y cerrar actas, guardar documentos) o hacer llegar al resto de propietarios las comunicaciones, citaciones o notificaciones necesarias para el funcionamiento de la comunidad.
3. Juntas de accionistas
Las juntas son unas asambleas entre propietarios donde se gobierna la comunidad de vecinos. Las funciones que desempeñan son:
- Nombrar y deponer a las personas que ostentan los cargos de la comunidad de propietarios (presidencia, administración y secretaría).
- Aprobar los presupuestos, plan de gastos y ejecuciones de obras.
- Reformas de los estatutos de la comunidad y aprobar las normativas que la rigen.
- Decidir sobre todos los asuntos que afecten a la comunidad de propietarios.
Las juntas deben celebrase obligatoriamente una vez al año. Si se convocan más Juntas además de esta serán extraordinarias. Las juntas extraordinarias pueden convocarlas el presidente de la comunidad de vecinos o el 25% de los propietarios.
4. Derechos de los vecinos
Como podemos suponer, no todo iban a ser problemas, también encontramos una serie de derechos que os dejamos a continuación:
- Usar y disfrutar libremente la comunidad de la que es copropietario (siempre que su comportamiento sea legal, adecuado a los estatutos y no interfiera en los derechos de sus vecinos)
- Participar activamente en las juntas de propietarios y formar parte de las decisiones que allí se tomen.
- Negar el pago de una derrama siempre y cuando supere las tres cuotas mensuales de gastos establecidas.
- Modificar su vivienda siempre que no afecte al resto de copropietarios.
5. Obligaciones de los vecinos
Cuando se vive en comunidad, estamos obligados a seguir una serie de normas u obligaciones para mantener la concordia en nuestras vidas. Algunas de esas obligaciones son:
- Conservar su inmueble y las zonas comunes de las que es copropietario en buen estado.
- Respetar las franjas horarias en las que no se puede hacer ruido según los estatutos de la comunidad.
- No impedir el disfrute de las zonas comunes a los demás propietarios.
- Responder individualmente de las posibles sanciones impuestas por demorar la ejecución de obras obligatorias para la mejora del condominio.
- Facilitar el acceso a su vivienda al personal autorizado para realizar las obras de reparación y conservación del inmueble.
Si quieres saber más
Esperamos que este post te haya sido útil y que vivir en comunidad sea agradable para ti. Desde Cartagena Homes recomendamos conocer la ley de propiedad horizontal para saber a que atenernos si ocurre algo. Contacta con nosotros y te ayudaremos a realizar cualquier trámite relacionado con ello.
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